La regulación de la gestión algorítmica del trabajo
¿Hacia un modelo europeo?
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La gestión algorítmica del trabajo, como proceso de automatización del ejercicio de los poderes empresariales de reclutamiento, dirección y ordenación de las personas trabajadoras, constituye una dinámica cada vez más frecuente que trasciende de las plataformas digitales para extenderse a los sectores tradicionales de la actividad económica. Partiendo de su potencialidad para erosionar la efectividad de los derechos inherentes al modelo social europeo, el derecho social comunitario se ha dotado de un primer cuerpo de regulación de dicho fenómeno (Capítulo III de la Directiva 2024/2831), sobre cuya base las instituciones de la UE (Consejo Económico y Social y Parlamento Europeo) proponen la elaboración de un modelo general de ordenación de dicha fenomenología. La presente monografía se enfoca en la reconstrucción y el análisis de los principales componentes estructurales sobre los que se erige dicho modelo, cuya aparición confirma el tránsito del Derecho Digital al Derecho Algorítmico del Trabajo: los aspectos conceptuales, las líneas rojas, la transparencia algorítmica, y de manera particularizada, la plasmación institucional de las diversas dimensiones del principio del control humano, así como su estratificación temporal (“humans before the loop”, “humans on the loop”, “humans in the loop”, “humans after the loop”) y su encaje con determinadas piezas consolidadas del acervo social comunitario.